Operaciones de Registro de Facturas.

Registro de Facturas en aplicación de la disposición contenida en el Decreto 1555 del 22 de septiembre del 2017, mediante la cual los pagos o abonos en cuenta por transacciones que se registren en las bolsas de productos, no están sometidos a retención en la fuente, reportando el volumen de ventas o compras de productos de origen agropecuario y/o agroindustrial.

Definición

Mecanismo mediante el cual la comisionista, a nombre del mandante registra en la Bolsa Mercantil de Colombia las facturas derivadas por transacciones de bienes o productos de origen agropecuario y/o agroindustrial o pesquero sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, que pueden ser objeto de la aplicación prevista en el Decreto 1555 de 2017 del Ministerio de Haciendo y Crédito Público, en concordancia con las conceptualizaciones que sobre el tema han realizado la DIAN y AGROSAVIA (CORPOICA). Decreto 1555 De 2017

Ventajas

  • Las facturas registradas en la Bolsa Mercantil de Colombia a travez de AGROBOLSA S.A. no se les aplica retención en la fuente.
  • Permite utilizar los recursos no retenidos del impuesto de renta hasta por un año, como caja adicional para sus negocios o inversiones, obteniendo una rentabilidad adicional.
  • La programación de los registros se realiza de acuerdo con sus necesidades tributarias.
  • Evita devoluciones de impuestos que se constituyan por pagos en retenciones, frente a la renta anual. Cuando se cuente con saldos a favor del ejercicio anterior, o prevea que para el ejercicio contable del año en curso, el valor de las retenciones va a ser superior al impuesto, podrá registrarlos a través de la Bolsa Mercantil de Colombia.

Documentos requeridos

Normativa y Conceptos

  • No dude en contáctarnos

  • Operatividad

    El reporte de compras y/o ventas se envía a AGROBOLSA S.A. Comisionista de Bolsa para registrar las operaciones en el Sistema de Información Bursátil de la Bolsa Mercantil de Colombia. Los respectivos comprobantes se constituyen en documento legal y contable de la operación

    grafico 1

    Tarifas Vigentes


    REGISTRO DE FACTURAS ( RF )
    Tipo De Operación Comprador Vendedor
    Registro BMC Compensación y Liquidación Registro BMC Compensación y Liquidación Tipo de tarifa Tarifa Mínima Por Punta
    Productos Naturales Facturas Menor a 5 días 0.037% No Aplica 0.037% No Aplica Plena No Aplica
    Productos Naturales Facturas Mayor a 5 días y menor o igual a 45 días 0.042% No Aplica 0.042% No Aplica Plena No Aplica
    Productos Naturales Facturas Mayor a 45 días y menor o igual a 180 días 0.050% No Aplica 0.050% No Aplica Plena No Aplica
    Productos Procesados Facturas Menor o igual a 5 días 0.050% No Aplica 0.050% No Aplica Plena No Aplica
    Productos Procesados Facturas Mayor a 5 días y menor o igual a 45 días 0.057% No Aplica 0.057% No Aplica Plena No Aplica
    Productos Procesados Facturas Mayor a 45 días y menor o igual a 180 días 0.065% No Aplica 0.065% No Aplica Plena No Aplica

    Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación no mayor a 5 días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a 5 días calendario a la fecha de registro y menor o igual a 45 días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a 45 días y menor o igual a 180 días calendario a la fecha de registro
    Café pergamino 0.017% 0.018% 0.025%
    Café consumo 0.025% 0.028% 0.035%
    Café pasilla 0.025% 0.028% 0.035%
    Café excelso 0.025% 0.028% 0.035%

    Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación no mayor a 5 días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a 5 días calendario a la fecha de registro y menor o igual a 45 días calendario a la fecha de registro Tarifa por punta si la factura fue expedida con una antelación superior a 45 días y menor o igual a 180 días calendario a la fecha de registro
    Registro de facturas de exportación o de puntos de venta (POS) 0.0028% 0.031% 0.038%


    Actualización Junio 2025